El 25 de noviembre es una fecha marcada en el calendario feminista y la excusa para poner en palabras lo que las mujeres e identidades feminizadas vivimos todos los días: las violencias machistas. En el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las mujeres las abogadas Luciana Vallarella e Ileana Arduino conversan sobre qué justicia tenemos, las respuestas a las demandas existentes y los debates abiertos a la hora de pensar en una justicia con mirada de género.
[dropcap]H[/dropcap]ace 50 años atrás, en República Dominicana, fueron víctimas de femicidio las hermanas Mirabal: Patria, Minerva y María Teresa. El movimiento feminista latinoamericano, en 1981, decide conmemorarlas cada 25 de noviembre con el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las mujeres. Una jornada de lucha y concientización sobre las violencias de género y una oportunidad más para reafirmar que no nos callamos más.
Según las últimas cifras informadas por el Ministerio de las Mujeres Géneros y Diversidad de la Nación, el promedio diario de llamadas a la línea gratuita de asistencia 144, aumentó un 18% desde que comenzó el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, con un promedio que pasó de 198 a 240 llamados diarios. Por otra parte, de enero a septiembre del 2020 la línea recibió un total de 81.677 llamados, de los cuales casi la totalidad de las personas manifestaron sufrir violencia psicológica por parte de su agresor, el 67% refirió haber atravesado una situación de violencia física y 2091 mujeres realizaron el llamado a pesar de que ya contaban con medidas previas de protección vigentes.
El Observatorio “Ahora Que Sí Nos Ven” que releva los femicidios en la Argentina a partir del análisis de medios gráficos y digitales de todo el país, contabilizó un total de 265 femicidios desde el 1º enero al 20 de noviembre, es decir, un femicidio cada 29 horas. El 63,8% fueron cometidos por las parejas o ex parejas de las víctimas, más del 60% ocurrió en la vivienda de la víctima y al menos 230 niñes perdieron a sus madres como consecuencia de la violencia machista en 2020.
En Argentina, desde aquel 3 de junio del 2015, cuando miles de personas salieron a las calles movilizadas con la consigna Ni Una Menos, la historia y la mirada social sobre la problemática empezó a cambiar. La agenda pública y mediática puso la atención allí donde antes solo había unas pocas mujeres gritando “paren de matarnos” y “el Estado es el responsable”. Esa tarde fue una bisagra, el comienzo de lo que vendría después: marchas cada vez más masivas, un movimiento feminista fortalecido y heterogéneo; y la conciencia tanto individual como colectiva de la urgente necesidad de perspectiva de género en los poderes del Estado y en la Justicia en particular, en las coberturas mediáticas y en nuestras propias vidas.
Por supuesto, la historia no comenzó en el 2015: la potencia del movimiento feminista en Argentina se remonta a varias décadas atrás con el sostenimiento del los Encuentros Nacionales de Mujeres por más de treinta años – hoy Encuentros Plurinacionales de Mujeres, Lesbianas, Travestis, Trans, No binaries -, la lucha por la ley 26.485, de “Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales”- sancionada en el año 2009- las articulaciones y militancias incansables. Sin embargo, la onda expansiva e imparable del movimiento feminista y sus demandas continúa teniendo como respuesta más violencia machista con aires disciplinadores y las políticas públicas siguen siendo insuficientes. Empezamos a cuestionarnos qué justicia tenemos y cuál queremos.
Justicia machista y malas víctimas
“El derecho es una producción de orden patriarcal, con lo cual, es machista y justamente lo que vino a incorporar la perspectiva de género es una reinterpretación de las normas, de los institutos procesales y del derecho” dice Luciana Vallarella, Fiscala de la Oficina de Violencia de Género del Ministerio Público de la Acusación de Rosario en diálogo con enREDando. “El poder punitivo es patriarcal y quienes trabajamos en esos espacios y nos consideramos feministas tratamos de reinterpretar, adecuar y generar una visión desde esta perspectiva. No es una decisión individual sino que es un mandato constitucional que debiera existir en todos los operadores del sistema: poder reinterpretar el sistema penal para desarmar esta relación entre el poder punitivo, el sistema penal, el sistema judicial y el orden patriarcal.”
Vallarella señala que la perspectiva de género también se necesita cuando se considera a la mujer autora de un delito. En estos casos el sistema penal “actúa con mayor dureza porque no solamente sanciona a la mujer por ese delito sino también porque se ha alejado de aquello que se espera socialmente de ella, de su rol. Por ejemplo, en delitos en los que son víctimas niños y la pareja de la mujer ha sido el autor de agresiones muchas veces se responsabiliza a la madre por encubrimiento, no advirtiendo que posiblemente la mujer también esté viviendo una situación de violencia. En estos delitos está muy presente cómo debe ser una buena madre o una buena esposa.”
«No es una decisión individual sino que es un mandato constitucional que debiera existir en todos los operadores del sistema: poder reinterpretar el sistema penal para desarmar esta relación entre el poder punitivo, el sistema penal, el sistema judicial y el orden patriarcal.”
El conocido guión de las buenas o malas víctimas se pone en acción. Un guión que contiene estereotipos de mujeres víctimas con ciertas características que le son atendibles o no a la justicia con mirada patriarcal. Podemos mencionar como ejemplo el reciente caso de la misionera María Ovando, una mujer pobre, analfabeta, madre de 12 hijxs, acusada de abandono de persona por la muerte de su hija Carolina, que muere a causa de un cuadro de desnutrición, penalizada con año y medio en prisión y luego absuelta. Ocho años más tarde es acusada de “no haber impedido el abuso sexual» de una de sus hijas y una de sus nietas.
La comunicadora feminista, integrante de la Red Internacional de Periodistas con Visión de Genero y del Equipo de Justicia y DDHH de Misiones, Gabriela Ayala, describe a este caso como “emblemático” y agrega que “representa todas las Marías de Misiones, una provincia donde el Estado está ausente, aparece sólo para criminalizar a las mujeres pobres. María fue violentada toda su vida. Es analfabeta y debido a esto no tiene registro de los momentos exactos de su vida, de las fechas de nacimiento de sus hijxs. Hay ausencia total del Estado y un fiscal ensañado en que Maria es mala madre y ensañado con el movimiento de mujeres que señala a esta justicia sin perspectiva de género”.
¿La cárcel como única respuesta?
Natacha Guala, abogada, integrante del Programa Delito y Sociedad de la Universidad Nacional del Litoral y parte de la Colectiva Feminista Mala Junta, reflexiona en la producción de UNR Editora “Los feminismos frente a las violencias machistas”, compilación de Noelia Figueroa y Florencia Rovetto; sobre el castigo y el patriarcado como formas de “un mismo engranaje de producción y reproducción de jerarquías, privilegios y opresiones.” Y cómo es posible “comprender al castigo a partir de la identificación de las características profundamente patriarcales que detentan las instituciones del sistema de justicia penal: centralmente, la prisión”.
Luciana Vallarella, sobre el sistema carcelario como respuesta única para la revisión de patrones de conducta machista, considera que “en determinados hechos de gravedad la respuesta sí debe ser penal y que el agresor tiene que cumplir una sanción como pena en una unidad penitenciaria”. Sin embargo, “sin que dentro del establecimiento se realice un abordaje específico para los casos de violencia de género, no es el entorno adecuado para revisar estas conductas.”
“Lo que yo puedo ver desde mi experiencia es que los hombres que son sancionados no terminan de advertir que la conducta que están realizando implicó un delito o generó daño. En general, justifican sus acciones o culpabilizan a la víctima pero no hay una asunción de responsabilidad. Esto tiene que ver con que la violencia sigue estando naturalizada y todavía esas cuestiones no se han desarmado. Tal como hoy está planteado, el paso por la unidad penitenciaria no genera ningún tipo de cambio en las personas” explica Vallarella.
Las herramientas del amo no desmontan la casa del amo
Si pensamos en el castigo como una fórmula patriarcal surge la pregunta y el debate sobre cómo construir alternativas o estrategias con perspectiva de género en la lucha contra las violencias machistas.
La probation, es decir la suspensión de juicio a prueba, es una respuesta posible en la justicia penal y tiende a evitar las consecuencias negativas del encarcelamiento. Su aplicación en algunos casos de violencias de género es un recurso aún en discusión.
En este sentido, Luciana Vallarella explica sobre el fallo Góngora: “El fallo de la Corte de la Nación conocido como fallo Góngora establece que en los casos de violencia de género, la única respuesta posible por parte del Estado es ir a un juicio y sancionar con una pena a la persona denunciada. Según la interpretación que hace la Corte, esto es en respeto de la convención internacional de Belém Do Pará. Actualmente, se vienen haciendo revisiones de esto. Si bien no ha habido un nuevo fallo que pudiera contradecir este, en la misma práctica se van generando alternativas y vemos fallos de tribunales inferiores donde han dado probation en caso de violencia de género.”
¿Cómo puede la justicia incorporar en el abordaje de hechos de violencia machista, herramientas y miradas que difieran de las tradicionales?. ¿Cómo puede reconocer la especificidad de los hechos de violencias por motivos de género, contextualizarlos, situarlos social e históricamente? ¿Cómo es posible reconocer además que las víctimas son mujeres diversas, con recursos materiales y subjetivos diferentes y atendibles?
“Por mi propia práctica – destaca Luciana – después de escuchar a las mujeres cuando vienen a hacer las denuncias, son muy pocas las que piden que su agresor vaya preso o a juicio. Hablo de los casos que yo trabajo que no son ni delitos sexuales ni los casos más graves como femicidios o tentativas, sino que son los que tienen escala penal, que permiten la aplicación de la probation. Entonces, el Estado debe ejercer una escucha y, a partir de la participación activa de la mujer y de la información que ella nos proporciona sobre la relación con el denunciado, sobre las dinámicas familiares, las problemáticas que existan en esa familia; podemos empezar a generar respuestas alternativas a la pena de prisión que puedan tener un efecto mucho más positivo. Teniendo presente que no todos los casos de violencias de género son iguales y que las formas de existir de las mujeres también son muy diversas.”
Ileana Arduino es abogada y Coordinadora del Grupo de Trabajo Feminismos y Justicia Penal del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Sociales y Penales (INECIP). Al ser consultada sobre el abordaje desde una justicia antipunitivista dice que es necesario “pensar centralmente qué características tienen los conflictos y escuchar, prestar especial atención a qué es lo que demandan las personas que denuncian. Siempre es un desafío para toda política pública construir respuestas generales y sin perder de vista la particularidad de las necesidades de los casos puntuales. Quienes defendemos la necesidad de que haya respuestas diversas no lo hacemos defendiendo acríticamente los sistemas de composición. Sabemos que esos sistemas pueden tener problemas y lo que hay que diseñar son políticas públicas para controlar los problemas más graves que son la imposición de salidas o el uso en reemplazo de respuestas penales – los juicios – ahí donde las víctimas claramente lo que quieren es juicio. Entonces, el uso extorsivo o el uso como reemplazo sin respetar la autonomía de las mujeres es tan dañino como la imposición de procesos que las víctimas no quieren sostener.”
El silencio ya no nos pertenece
El abordaje sobre las violencias sexistas requiere también problematizar la cultura del silencio como un orden patriarcal que se empieza a quebrar y en dónde los feminismos tienen un rol activo en esto. Arduino dice que “asistimos a un momento histórico que no es un problema sólo del uso de la palabra en el espacio público sino de lo que hemos estado callando. Un silencio impuesto, un silencio no decidido. Apoyado en la naturalización de las violencias por un lado y en la asignación de responsabilidad a las víctimas por las violencias padecidas. Esta idea de que antes de poder colocar la palabra tenemos una práctica casi mecánica de ver qué hicimos o dejamos de hacer para que un hecho se produzca o evitar que se produzca. Como si la posibilidad de la violencia dependiera de las decisiones de quienes son agredidas y no de las conductas de quienes deciden violentarlas.”
“Me parece interesante problematizar – continua Ileana – si una trama tan densa de silencio reclama pensar formas distintas, que a veces no tienen que ver con la denuncia pública sino con conceder espacio para la palabra, cuánto del señalamiento de los otros es central. No para proteger victimarios sino en términos los costos de quedar expuesta en el lugar de denunciante que no es un lugar que todas las personas transiten en las mismas condiciones y muchas veces expone y reexpone a nuevas vulnerabilidades.”
Mirada feminista
En relación a la posibilidad de dar respuestas a los movimientos feministas interseccionales y pensar en una justicia con agenda de género, Luciana Vallarella opina que las demandas feministas “cuando pasan por el tamiz del derecho penal sufren modificaciones, entonces se borra todo el contexto de opresión, se borra la responsabilidad del Estado y todo se reduce a un hecho particular, a una responsabilización individual del agresor. Esa es la esencia del derecho penal y es lo que me parece interesante poder trabajar cuando hablamos de medidas alternativas. Tenemos que revisar este lenguaje propio del sistema penal para dar cabida a otra forma de intervención que no es la habitual. Cuando se piensa en sistema penal se piensa en pena de prisión: encerrar, cárcel, castigo, juicio. Poder pensar una respuesta distinta a eso es un desafío y es desarmar cuestiones preestablecidas históricamente.”
“Hay movimientos feministas que entienden que esto no es posible – continúa Luciana- que para atender a las demandas de las mujeres no podemos contar para nada con el sistema penal. Es decir, que tenemos que pensar en otros mecanismos, en otras respuestas que vayan por fuera porque siempre el sistema se pone en contra de la mujer y termina siendo revictimizante. Yo, en cambio, creo que hay todavía respuestas alternativas que pueden darse en el sistema penal donde se atienda a lo que la mujer esté pidiendo y generar respuestas con impacto positivo. El sistema penal es machista, racista, clasista. Pero hay quienes creemos que se puede generar algun cambio y otra forma de hacer justicia mas feminista, mas popular, mas cercana.”