El Ejecutivo nacional presentó un proyecto borrador de la reforma laboral. El abogado laboralista Sebastián Spiller dice que en la modificación de las condiciones de trabajo se ve el deseo que eternamente el empresario busca en su empresa: que el trabajador sea un esclavo del patrón. La Reforma cambia el concepto de trabajo, abarata los despidos, termina con la jornada de ocho horas, reduce los ´costos laborales´ y elimina el principio de irrenunciabilidad a los derechos de las y los trabajadores. Una nota sobre la Reforma Laboral o sobre cómo borrar el siglo XX.
Por Tomás Viú
[dropcap]“[/dropcap]8 horas de descanso, 8 horas de trabajo, 8 horas de recreación”. Ese fue el grito de los trabajadores de todo el mundo en el siglo XIX. La Asociación Internacional de los Trabajadores definió como reivindicación central la jornada laboral de ocho horas a partir del Congreso de Ginebra en agosto de 1866. La resistencia patronal a la movilización obrera provocó la represión sistemática de la protesta. No fue distinto en Chicago cuando la convocatoria fue en la plaza Haymarket. Los anarquistas August Spies, Michael Schwab, Adolph Fischer, George Engel, Louis Lingg, Albert Parsons, Samuel Fielden y Oscar Neebe fueron sometidos a un juicio orquestado y fraudulento. El 11 de noviembre de 1887 Spies, Engel, Fischer y Parsons fueron ahorcados. En 1889 se establece el 1° de mayo como Día Internacional del Trabajador en honor a los “mártires de Chicago”.
128 años después, Mauricio Macri encabezaba el acto oficial por el Día del Trabajador. “Estamos todo el día pensando de qué manera podemos generar más trabajo”, decía el Presidente mientras diseñaba junto a su ´equipo´ la forma de abaratar “costos laborales”. Aún no lo sabía, pero cinco meses después obtendría un nuevo triunfo electoral que le daría el envión necesario para presentar el borrador de la mentada reforma laboral. “Les quiero decir a los que todavía no sintieron el cambio, que el cambio ya llegó”. El cambio es total, radical, 180 grados. Es un viaje, rápido y directo como el que proponía Menem hacia la estratósfera, pero hacia el pasado. “Se borra de un plumazo el siglo XX”, resume Sebastián Spiller, abogado laboralista rosarino. “El siglo XX fue un siglo de lucha de los trabajadores. Se conquistaron muchísimos derechos. En base a las luchas, el capitalismo fue haciendo concesiones”. Spiller dice que los sindicatos “fueron un invento del capitalismo para controlar a la masa de trabajadores” pero que éstos fueron por más y “ganaron muchísimas cosas”. Efectivamente, el derecho a huelga, la irrenunciabilidad de los derechos laborales, las vacaciones pagas, el aguinaldo, la organización sindical libre y democrática, la protección contra el despido arbitrario, el salario mínimo vital y móvil, son algunas de las grandes conquistas del movimiento obrero. Hoy, el gobierno de la CEOcracia quiere hacer borrón y cuenta nueva.
La prédica del pasado 1º de mayo terminó al ritmo del acostumbrado ´sí, se puede´, como si el trabajo fuera fruto de la generación espontánea, como si fuera un acto de ilusionismo, de fe, de creencia. Mientras tanto,el verdadero acto de ilusionismo consiste en hacer desaparecer a los derechos laborales y sacar de la galera algo más que un conejo blanco: un proyecto de ley de 145 artículos que, al decir de Spiller, “mata mentalmente al trabajador y a su familia”. “En estos últimos cuarenta años hubo un trabajo de hormiga de los patrones y la derecha ayudada por los gobiernos. Ahora se vio reflejada en las urnas. El trabajador se está dictando la sentencia de muerte. Esto genera que siempre vaya a trabajar con incertidumbre”.
El espíritu de la ley debe buscarse en sus objetivos: “Promover la liberación de la fuerzas de la producción y del trabajo de todos aquellos mecanismos regulatorios y fenómenos distorsivos que impidan el desarrollo de las empresas”. Esto mismo pero con otras palabras, explica Spiller, es lo que dijo Martínez de Hoz en el inicio de la dictadura. “El espíritu es dejarle vía libre a las empresas para que literalmente hagan lo que quieran”. El abogado remarca que las cuestiones particulares que modifica esta ley no lo pudo hacer ni la dictadura con un gobierno de choque y de fuerza total. “La derecha que estuvo en la dictadura escondida atrás del ejército hoy la tenemos en democracia y esa es la peor combinación que existe para la clase trabajadora y para la clase media”. Los “fenómenos distorsivos” a los que se refiere el proyecto son los salarios, las indemnizaciones y la invariabilidad de las condiciones de trabajo. Los “mecanismos regulatorios” tienen que ver con el Derecho del Trabajo. El objetivo general de la Ley es el recorte sistemático de los derechos laborales consagrados.
Vildor Garabelli es abogado laboralista desde hace 37 años. Es asesor gremial y actualmente Director del Centro de Estudios e Investigaciones en Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la UNR. Dice que al proyecto hay que analizarlo dentro del contexto de la política económica que apunta fundamentalmente a tornar competitiva la economía argentina a partir de la rebaja de los costos laborales. Pero además, cree que la reforma no sólo tiene un objetivo económico sino que “también se propone quebrar el espíritu de lucha del movimiento sindical y de los trabajadores argentinos”. Modelos como éste se están viendo en Chile, Brasil y en Europa, donde el movimiento obrero está perdiendo rápidamente sus conquistas.
Una cuestión central que hace al aspecto general de la ley es que cambia el concepto de lo que es trabajo. En la ley actual, el trabajador es considerado una persona indefensa y por eso goza de algunas protecciones. Ese es el principio rector del Derecho del Trabajo: el principio protectorio está contenido en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional. Uno de los elementos centrales para que ese derecho protectorio exista es la irrenunciabilidad de los derechos básicos que establece la Ley de Contrato de Trabajo. “El proyecto trata de eliminar el principio de irrenunciabilidad, permitiendo que por un simple acuerdo entre empleador y trabajador éste pueda renunciar a alguno de sus derechos”, explica Garabelli, y lo grafica con una situación: “imaginemos la negociación de las condiciones de trabajo entre un trabajador solo y una gran empresa. Se eliminaría otro de los principios centrales del principio protectorio que es conocido como ´in dubio pro operario´: en caso de duda a favor del trabajador”.
Al que no le gusta se jode
Básicamente, este proyecto de ley pone al trabajador y al empresario en el mismo nivel. El abogado Spiller, asesor del Sindicato de Aceiteros Rosario, Sindicato de Jaboneros, COAD y el Sindicato Obrero Cerámica, Porcelana y Azulejos, explica que la ley vigente considera que cualquier renuncia del trabajador a sus derechos es nula. Esa irrenunciabilidad a los derechos es la que la reforma laboral se propone eliminar. “Estamos avalando la extorsión donde al trabajador no le va a quedar ninguna posibilidad de revertir esa situación”, dice Sebastián.
La Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 está vigente desde 1974. En su artículo 66 establece una limitación a la posibilidad del empleador de modificar las condiciones de trabajo, denominada ´ius variandi´. Eso en esta nueva ley se modifica de manera tal que “la única posibilidad de defensa que le queda al trabajador es considerarse despedido”, resume Spiller.
La reforma laboral establece que el trabajador no solamente es un dependiente sino que también es un ´colaborador´ dentro de la empresay por lo tanto tiene la obligación de cooperar con el fin último de la misma. “Se desvirtúa el contenido de lo que debe entenderse por relación laboral, es decir, una relación de dependencia”, apunta Garabelli, y dice que con la reforma podría interpretarse que si el trabajador no coopera con las necesidades de la empresa no estaría cumpliendo con sus obligaciones. “Normalmente los trabajadores siempre han cooperado para que la empresa salga adelante porque el primero que quiere mantener la fuente laboral es el trabajador. Pero dentro de un contexto en el cual se entiende que lo hace voluntariamente y no porque está obligado por la ley. En la ley está claro que la relación laboral es una relación de dependencia y no de cooperación”.
Uno de los puntos del proyecto de Ley se refiere a un “blanqueo” de trabajadores mal registrados o trabajadores en negro. Ese blanqueo se hace a costa de eliminarles todo tipo de sanción penal y económica a los empleadores que han tenido trabajadores en negro durante los últimos años. Si el empleador ´blanquea´ al trabajador dentro de los 180 días de vigencia de la ley, le correspondería la eliminación completa de las multas. Si lo hace después de los 180 días pero antes del año de vigencia, sólo debería pagar el 30 %. También se eliminan las multas que debía pagar al trabajador en el caso de que éste se diera por despedido. En ese caso debía pagar el doble de las indemnizaciones por despido y preaviso. Vildor Garabelli dice que “están yendo mucho más allá del menemismo” porque recuerda que varias de las leyes que imponen multas a los empleadores incumplidores fueron sancionadas en la década del noventa. “Cuando dicen que están luchando por el blanqueo en realidad están facilitando el negreo de los trabajadores porque casi no tiene ningún costo”.
Los nuevos trabajadores registrados, cualquiera sea su antigüedad, sólo podrán tener acreditados 5 años. Además, la reforma contempla una reducción de los aportes patronales destinados al régimen de jubilaciones y pensiones, PAMI, el Fondo Nacional de Empleo y las asignaciones familiares. En su momento, hubo una transferencia millonaria hacia las patronales del campo con la baja y la quita de las retenciones. Ahora la ecuación es la misma: se transfiere desde los trabajadores hacia el capital. La reducción de los aportes de los empresarios se logra a través de la fijación de un mínimo no imponible exento de contribuciones patronales, que se va ampliando progresivamente hasta el 2022. Así, los salarios más bajos, aunque correspondan a trabajadores de grandes empresas, quedarán directamente exentos de contribuciones. Aunque el Gobierno afirme que esta reducción favorecería al empleo registrado, lo cierto es que entre 1994 y 2000 las contribuciones patronales bajaron del 33% al 17,8% mientras se incrementaron la desocupación y el empleo en negro.
Don´t Worry, Be Macri
Por si hubiera que ampliar el combo de beneficios para el capitalista, en el cálculo de las indemnizaciones no se tendrán en cuenta ni los adicionales, ni los premios ni las horas extra. Solamente se calculará con el salario básico. Por lo tanto, van a poder despedir a un bajo costo. Actualmente, el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo establece que en caso de que un trabajador sea despedido sin causa deberá pagársele una indemnización que consiste en un salario por cada año de trabajo, tomando el mejor salario del último año. Con la pretendida reforma, el despido se abarataría en un 60 %.
Por otro lado, el abogado Spiller explica que la nueva ley legaliza el fraude laboral porque permite la tercerización y la subcontratación, no pudiendo ese trabajador tercerizado o subcontratado reclamar nada a la empresa principal. “Hay una indefensión total de esos trabajadores tercerizados porque la empresa principal puede decidir cualquier cosa sobre ellos”.
La Ley también crea la figura de ´trabajador autónomo económicamente dependiente´. Ese trabajador podría contratar a otros cuatro o cinco ´colaboradores´. “Dentro de una misma empresa pueden existir cinco trabajadores monotributistas que responden a un empleador pero que no tienen el amparo de ningún derecho laboral”, indica Sebastián.
El presidente Macri viene declarando desde hace tiempo la “necesidad” de “discutir todos los convenios laborales”: Estamos en el siglo XXI y no podemos seguir aplicando convenios del siglo XX. Al aferrarnos a esos convenios lo que hacemos es debilitar los puestos de trabajo que tenemos, dijo en una oportunidad. Con la reforma laboral, al poner al mismo nivel al trabajador y al empleador, automáticamente se cae la negociación colectiva por actividad. “La negociación se va a reducir a cada empresa o será trabajador por trabajador”, explica Spiller, mientras resume el deseo eterno de todo empresario: que el trabajador sea un esclavo del patrón. “Al trabajador que no le gusten las condiciones impuestas por el empleador, lo echan, con el beneficio que da esta ley de indemnizaciones bajas”.
Al comienzo de la nota recordábamos la lucha histórica por la jornada de trabajo limitada. La reforma laboral habilita la extensión de la jornada de trabajo a través de los “bancos de horas”. Se eliminan las 8 horas diarias y las 48 horas semanales, estableciendo un cómputo anual de horas. Pero además, se elimina el pago de las horas extra. Para explicarlo, el Doctor Garabelli dice que “si el empleador así lo establece, el trabajador tendría que hacer hasta 10 horas por día sin cobrar horas extra, siempre que la suma anual no supere lo establecido en el convenio”.
El “Fondo de cese laboral”, otro punto del Proyecto de Ley, es una forma de financiar los despidos. Sería un fondo de desempleo que saldría del mismo salario del trabajador. El empleador no solamente pagaría una indemnización inferior sino que además lo haría en cuotas. “Sería una especie de ´ahorre, ahorre y despídase mañana´”, sintetiza Garabelli.
Uno de los objetivos redactados en la Ley es la generación de nuevos puestos de trabajo. Sin embargo, la historia demuestra que las reformas anteriores, que fueron similares, no se dirigieron en ese sentido. Sebastián Spiller, que integra la Asociación de Abogados Laboralistas de Rosario, dice que hoy el desempleo aumenta y que de eso nadie habla. Tampoco cree que esta Ley vaya a generar mayor empleo en las pymes, a quienes “las mata la política económica y la apertura indiscriminada de importaciones y no el hecho de poder hacer tal o cual cosa con los trabajadores”. El abogado sostiene que “es una ley hecha para las multinacionales y para atraer supuestas inversiones extranjeras”. Garabelli plantea que la creación de puestos de trabajo excede toda reforma laboral. “Durante 2004, 2005 y 2006 el empleo creció y la ley era la que tenemos hasta hoy. El problema de los puestos de trabajo tiene que ver con la política económica que se aplica. Lo que genera puestos de trabajo es el dinamismo del mercado interno”.
Otro tema grave es el achicamiento del tiempo de la prescripción. La prescripción es el tiempo en que se mantiene vigente la acción para que un trabajador pueda reclamar diferencias laborales. Cuando se dicta la Ley de Contrato de Trabajo, en 1974, el plazo de prescripción era de cuatro años, es decir, que si al trabajador lo despedían hoy podía reclamar hasta cuatro años para atrás. La dictadura modificó ese período a dos años y este proyecto apunta a reducirlo a sólo un año de antigüedad.
Spiller propone cambiar el concepto de flexibilización por el de poda laboral. “Algo flexible tiene ondas, sube y baja. Acá no hay negociación; no se trata de hacerlo más flexible sino que es directamente un recorte de derechos”.
En la década del noventa decían que los abogados laboralistas eran industriales del juicio. Ahora dicen que son mafiosos. Para Vildor lo que existe es la industria del incumplimiento laboral. Dice que hay juicios laborales porque los empleadores no cumplen con las condiciones; que hay juicios por accidentes o enfermedades laborales porque los empleadores no cumplen con la ley de Higiene y Seguridad y las ART no controlan a las empresas; que hay juicios por diferencias salariales porque los empleadores no pagan correctamente las horas extra, no cumplen los mínimos de convenio o no pagan los adicionales. “Si los empleadores cumplieran no existiría ningún tipo de juicio. Nadie quiere llegar a un juicio con una Justicia colapsada”, resume Garabelli, mientras advierte que con esta Ley habrá planteos de inconstitucionalidad como en la época del menemismo con la Ley de Riesgos de Trabajo.
Sebastián dice que con otra central obrera esta ley ni siquiera hubiera salido de la puerta de la Casa Rosada. “El gremio de Smith dijo que hay cosas que no van a tolerar y se refirió a los tercerizados y a las modificaciones del contrato de trabajo. Pero por el otro lado, Macri avisó que la Ley sale diga lo que diga la CGT y los sindicatos”. Spiller cree que va a haber modificaciones pero dice que el espíritu de la Ley seguirá siendo el mismo.
Hace unos días, el gobierno nacional junto al gobierno de la provincia de Tierra del Fuego, los fabricantes de terminales electrónicas y la Unión Obrera Metalúrgica firmaron un acuerdo que congela los salarios hasta junio de 2020 a cambio de poner freno a despidos y suspensiones en esa industria.
Garabelli dice que algunos sectores del movimiento sindical, fundamentalmente de la CGT, estarían dispuestos a acordar la reforma laboral. “Me parece muy peligroso porque este gobierno cuando logra una cosa no se frena sino que va por más. Parecería que están dispuestos a aprovechar su momento y tratar de arrancar de cuajo todas las conquistas del derecho laboral argentino tal como lo conocemos”. Para él, a pesar de todo el recorte que hizo la dictadura, el Derecho del Trabajo sigue siendo fuerte. “Es un piso que molesta a las grandes patronales”.
El Gobierno Nacional quiere aprovechar la ola del triunfo electoral y aprobar la Ley antes de fin de año. “Más que nunca el movimiento obrero y todos los que nos oponemos tenemos que estar muy firmes y no aceptar cualquier tipo de negociación que vulnere a la baja los derechos históricos de los trabajadores. Vildor sabe que a la lucha hay que mantenerla tanto en la calle como en los tribunales. “Tendremos la posibilidad de resistir desde la política gremial. Ojalá se pueda porque si no vamos a pasar épocas muy duras”.