Una resolución esperada
El 15 de abril de 2014, el Centro de Protección a la Naturaleza junto con la ONG Conciencia Solidaria, presentó un reclamo administrativo ante el Ministerio de Producción de la pcia. a fin de solicitar la prohibición/restricción de la aplicación aérea del herbicida 2,4D en cualquiera de sus formas, y una restricción en la aplicación terrestre de 5000 mts para las zonas urbanas. El 2,4 D es el segundo herbicida más utilizado en todo el país.
El pasado 25 de marzo de 2015, casi un año después de dicha presentación, el Ministerio de la Producción publicó en el boletín oficial la Resolución N 135, la cual establece dicha prohibición de este potente tóxico en toda la provincia en su formulación gaseosa, y restringe severamente la aplicación aérea y terrestre en su formulación “sal dimetil amina”. (1).
Compartimos el comunicado del Cepronat:
La reciente Resolución N° 135 del Ministerio de la Producción de Santa Fe, publicada en el Boletín Oficial del 25 de marzo de 2015, prohíbe la aplicación del potente tóxico 2,4-D en toda la provincia en su formulación gaseosa (éster isobutílico) y restringe severamente la aplicación aérea y terrestre en su formulación “sal dimetil amina”. (1)
El expediente fue iniciado en junio de 2014 por el CENTRO DE PROTECCIÓN A LA NATURALEZA y la ONG Conciencia Solidaria solicitando la prohibición y/o restricción de los formulados de 2,4-D. Su tratamiento en las áreas gubernamentales respectivas culminan en la resolución citada mediante la cual, con un extenso fundamento, se prohíbe y se restringe severamente su aplicación. De acuerdo al Ministerio de la Producción, el formulado “sal dimetil amina” sólo podrá usarse en aplicaciones aéreas a más de 6.000 metros de las poblaciones y terrestres a más de 1.000 metros de los centros poblados.
El tóxico 2,4-D es el segundo herbicida más usado por la agricultura en la Argentina y el 3ro. más usado en EE. UU. Santa Fe se convierte, por lo tanto, en uno de los primeros estados provinciales conjuntamente con Chaco, Santiago del Estero, Entre Ríos y Córdoba, en consonancia con la legislación de países del Primer Mundo como Noruega, Suecia y Canadá. Las restricciones de aplicación se hacen con referencia a “…las plantas urbanas, asentamientos poblacionales, escuelas rurales, huertas, centros apícolas, ríos, arroyos, lagunas, cursos y espejos de agua, como así de pozos de extracción de agua para consumo humano, sin excepción.-…”
La resolución ha sido bien recibida por las poblaciones fumigadas de toda la provincia de Santa Fe, quienes albergan la esperanza de mejorar su calidad de vida y su salud al restringirse el uso del herbicida. Esta noticia, junto con los pedidos de prohibición o recategorización del herbicida Glifosato, recientemente admitido por la Organización Mundial de la Salud como “probablemente cancerígeno para los humanos”, (2) abonan un debate profundo sobre el modelo agrícola biotecnológico de aplicación en nuestro país.
El CENTRO DE PROTECCION A LA NATURALEZA declara su beneplácito ante una medida que, si bien es insuficiente, resulta un avance concreto en la mejora de la salud de la población y del ambiente. Ahora queda en las manos del gobierno controlar la aplicación y en las poblaciones verificar el cumplimiento de la normativa.
LA COMISION DIRECTIVA.
Santa Fe, 30 de marzo de 2015.-
(1) Boletín Oficial del 25 de marzo de 2015. Disponible enwww.santafe.gov.ar
(2) http://www.greenpeace.org/…/…/general/MonographVolume112.pdf
CENTRO DE PROTECCION A LA NATURALEZA
Fundado en 1977 – Pers. Jurídica N° 275/79
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