El pasado 21 de mayo la Corte Suprema argentina escuchó a amigos del tribunal en una causa que enfrenta a la modelo profesional Belén Rodríguez contra Google y Yahoo!. Se trata de un caso en el que el tribunal va a resolver sobre una cuestión clave para la libertad de expresión en Internet: la responsabilidad de intermediarios por los contenidos producidos por terceros.
Por Ramiro Álvarez Ugarte.
Una de las características principales de Internet es su carácter descentralizado: se trata de una red global de millones de terminales que se conectan entre sí y a través de las cuales circula la información. Ese carácter descentralizado hace que sea imposible navegar la red sin la asistencia de índices que registren y clasifiquen su contenido. Los buscadores hacen precisamente eso: funcionan como intermediarios entre los usuarios y la información que ellos no saben que existe. A través de sistemas automatizados de búsqueda, los buscadores indexan el contenido disperso de la red y lo ofrecen en forma de resultados de búsqueda. que son ordenados en función de una relevancia relativa asignada por el algoritmo que utilizan para clasificar la información.
Muchos países han optado por no responsabilizar a los buscadores por esa actividad de indexación automática. Si lo hicieran, crearían incentivos para que estas empresas monitoreen y filtren aquellos contenidos que creen pueden acarrear responsabilidades legales. Y eso haría de Internet un espacio más cerrado y controlado por los grandes actores que tienen, precisamente, esa capacidad de control.
Es precisamente ese riesgo de censura privada lo que quieren evitar los sistemas de responsabilidad limitada que establece la Communications Decency Act o la Digital Millennium Copyright Act de los Estados Unidos y que también recomienda la Directiva de Comercio Electrónico del Parlamento Europeo. Y, en cierta medida, lo que busca hacer el Marco Civil en Brasil.
El caso que resolverá pronto la Corte Suprema argentina es consecuencia directa de la falta de regulación en la materia y de la aplicación de viejos principios sobre responsabilidad civil a un entorno digital que los ha dejado obsoletos. Como ha documentado la Asociación por los Derechos Civiles, existe una enorme cantidad de casos en la Argentina que siguen la misma lógica del caso Rodríguez. Modelos, actrices y cantantes demandan a los buscadores porque páginas de terceros vinculan sus nombres a sitios con contenido sexual y pornográfico. Y así obtienen repraciones considerables, ya sea por aplicación de criterios de responsabilidad objetiva o subjetiva. Así, los jueces argentinos crean por vía judicial los incentivos que otros países quieren evitar por vía legislativa.
El criterio que debería expandirse es el de la no responsabilidad, y es lo que sostuvieron a través de escritos de amicus curiae las organizaciones de derechos humanos que trabajan cuestiones vinculadas a la tecnología. Así, la ADC en el caso Da Cunha, la Fundación Vía Libre y el CELE de la Universidad de Palermo en el caso Rodríguez señalaron los problemas para la libertad de expresión que implica asignar responsabilidad a los intermediarios. Otros amicus en la audiencia del pasado 21 de mayo también señalaron lo mismo, aunque otros apoyaron la postura de la modelo. Cabe destacar, en este último sentido, a la opinión de la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, que consideró que los buscadores hacen tratamiento de datos personales y como tal deben someterse a la Ley de Protección de Datos Personales.
Es lo que sugiere no solo el derecho comparado sino, en un sentido más relevante, los informes de las Naciones Unidas sobre la cuestión y el informe de la CIDH sobre Internet y Libertad de Expresión. La Corte Suprema argentina, al igual que muchos tribunales de la región, prestan mucha atención al derecho internacional de los derechos humanos. Y claramente éste se inclina hacia la no responsabilidad de los intermediarios.
Generalmente, la Corte Suprema suele emitir sentencia algunos días o semanas después de las audiencias públicas. Por lo que cabe esperar, pronto, una decisión del tribunal sobre una de las cuestiones más relevantes para el futuro de la libertad de expresión en la Argentina y en la región.
* Ramiro Álvarez Ugarte es Director de las Áreas de Acceso a la Información Pública y Privacidad de la Asociación por los Derechos Civiles (ADC).