Según adelantaron portales de noticias porteños, los jueces Ricardo Lorenzetti, Eugenio Zaffaroni, Enrique Petracchi y Elena Highton de Nolasco “votaron a favor de la constitucionalidad total de la normativa”, mientras que Carlos Maqueda y Carmen Argibay votaron la constitucionalidad parcial de la ley. El voto en contra por inconstitucionalidad fue el del juez Carlos Fayt. Falta conocer los pormenores del fallo, que tras hacerse esperar tanto tiempo, no falta quienes temen que contenga algunas sorpresas.
De acuerdo al artículo de Info News, el peloteo judicial sobre la normativa aprobada en 2009, que no podía implementarse por completo debido a un recurso judicial interpuesto por el Grupo Clarín, quien reclamaba contra algunos artículos de la ley 26.522, fue resuelto finalmente por la Corte.
Los puntos cuestionados por el multimedio eran el artículo 41, que establece que las licencias son intransferibles; dos apartados del número 45, que fijan un límite a la cantidad de licencias concentradas; el 48, que descarta la figura de un “derecho adquirido” por parte de las empresas que tienen más licencias de las permitidas y el 161, que da un año de plazo para que aquellos que tengan que adecuarse a la ley.
El fallo sobre la la ley, que establece la regulación sobre el sistema de medios y radiodifusión y tiene un espíritu fuertemente antimonopólico que no fue posible aplicar hasta el momento por los recursos presentados por Clarín que la Justicia permitió, todavía no fue hecho público oficialmente por la Corte.